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Daños no Cubiertos
A continuación se enlistan algunas exclusiones de las coberturas del ramo de daños.
Antes de comprar la póliza es importante leer las condiciones generales, porque estos detalles ahí se explican, de tal manera que sepas lo que estás comprando |  |  |
A) Daños Materiales
Edificios o estructuras y sus contenidos en proceso de construcción, reconstrucción, montaje o desmontaje. |
Equipos y aparatos que hayan sido reparados provisionalmente. |
Actividad diferente al de casa habitación, en caso que tu póliza sea de casa habitación. Esto es frecuente cuando en tu casa existe algún tipo de negocio o fábrica. |
Falta de mantenimiento. |
B) Pérdidas consecuenciales por gastos extraordinarios o pérdida de rentas.
Daños causados por parte de huelguistas o personas que tomen parte en disturbios. |
La insuficiencia económica del asegurado para hacer frente al gasto de reconstrucción o reparación del edificio. |
C) Desastres naturales
Terremoto y/o erupción volcánica - Hundimientos ajeno.
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Fenómenos Hidro-meteorológicos - Daños a los bienes cuando el evento no se considere un desastre natural
Asentamientos de los terrenos.
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D) Responsabilidad Civil
Daños por participación en apuestas, carreras, concursos, o competencias deportivas. |
Daños ocasionados con dolo. |
Daños causados por desastres naturales, o bien por huelgas, guerra, terrorismo, etc. |
Derivados de cualquier actividad diferente a la privada y familiar. |
E) Robo
Robo sin violencia |
Lingotes de oro y plata así como pedrería no montada |
Timbres postales o fiscales, colecciones de monedas, libros de contabilidad, u otros libros de comercio. |
Armas de fuego, punzo cortantes, de tensión o proyectiles (en Robo fuera de hogar). |
Pérdida o daño a bienes mientras se encuentren a bordo de cualquier medio de transporte marítimo o aéreo durante las maniobras de carga y descarga. |
Documentos que sean cobrados mediante falsificación de firma. |
Robo, asalto o abuso de confianza de empleados al servicio del Asegurado o de personas por las cuales el Asegurado sea civilmente responsable, así como de los integrantes que ocupen la vivienda asegurada. |
F) Pérdida de ingresos por fallecimiento o invalidez total y permanente
Suicidio o intento de suicidio en los primeros dos años de contratado el seguro. |
Menores de 18 años. |
Para mayor informacion consulta las condiciones generales de tu póliza, seccion de Exclusiones. |
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